Acuerdos Internacionales en materia de Protección Ambiental de México

Universidad Ducens

Maestría en Ordenamiento Territorial

Curso: G4-MOT413 Legislación y protección ambiental

Alumno: Lic. Efrain Alavez Huerta


Instrumentos

Nombre

Organizaciones

Ambito de Competencia

Objetivo

Fecha que se publico

DECRETO de promulgación de la Convención Marco de las Naciones Unidas sobre el Cambio Climático.

Naciones Unidas

En materia de cambio climatico

El objetivo último de la presente Convención y de todo instrumento jurídico conexo que adopte la Conferencia de las Partes, es lograr, de conformidad con las disposiciones pertinentes de la Convención, la estabilización de las concentraciones de gases de efecto invernadero en la atmósfera a un nivel que impida interferencias antropógenas peligrosas en el sistema climático. Ese nivel debería lograrse en un plazo suficiente para permitir que los ecosistemas se adapten naturalmente al cambio climático, asegurar que la producción de alimentos no se vea amenazada y permitir que el desarrollo económico prosiga de manera.

DOF: 07/05/1993

DECRETO de promulgación de la Convención de las Naciones Unidas de Lucha contra la Desertificación en los Paí­ses Afectados por Sequí­a Grave o Desertificación.

Naciones Unidas

En materia contra la Desertificación en los Paí­ses Afectados por Sequí­a Grave o Desertificación.

1. El objetivo de la presente Convención es luchar contra la desertificación y mitigar los efectos de la sequía en los países afectados por sequía grave o desertificación, en particular en Africa, mediante la adopción de medidas eficaces en todos los niveles, apoyadas por acuerdos de cooperación y asociación internacionales, en el marco de un enfoque integrado acorde con el Programa 21, para contribuir al logro del desarrollo sostenible en las zonas afectadas.

 

2. La consecución de este objetivo exigirá la aplicación en las zonas afectadas de estrategias integradas a largo plazo que se centren simultáneamente en el aumento de la productividad de las tierras, la rehabilitación, la conservación y el aprovechamiento sostenible de los recursos de tierras y recursos hídricos, todo ello con miras a mejorar las condiciones de vida, especialmente a nivel comunitario.

DOF: 01/06/1995

DECRETO Promulgatorio del Protocolo de Kyoto de la Convención Marco de las Naciones Unidas sobre el Cambio Climático, firmado en Kyoto, el once de diciembre de mil novecientos noventa y siete.

Naciones Unidas

En materia de cambio climatico

Persiguiendo el objetivo último de la Convención enunciado en su artículo 2

DOF: 24/11/2000

DECRETO Promulgatorio del Acuerdo de París.

Naciones Unidas

En materia de cambio climatico

Tiene por objeto reforzar la respuesta mundial a la amenaza del cambio climático, en el contexto del desarrollo sostenible y de los esfuerzos por erradicar la pobreza

DOF: 04/11/2016

DECRETO Promulgatorio del Convenio para el Establecimiento de la Zona de Turismo Sustentable del Caribe, adoptado en Isla de Margarita, República Bolivariana de Venezuela, el doce de diciembre de dos mil uno.

Asociación de Estados del Caribe

El Gran Caribe;  Establecimiento de la Zona de Turismo Sustentable del Caribe

El objeto del presente Convenio es el establecimiento de la Zona de Turismo Sustentable del Caribe, en lo adelante la Zona, como una unidad cultural, socioeconómica y biológicamente rica y diversa, geográficamente determinada, en la que el desarrollo del Turismo estará condicionado a la sustentabilidad y a los principios de integración, cooperación y consenso, con el fin de facilitar el desarrollo integral de la región del Gran Caribe.

DOF: 05/12/2013

DECRETO por el que se promulga el Convenio Internacional relativo a la Intervención en Alta Mar en casos de Accidentes que causen una Contaminación por Hidrocarburos, adoptado en la ciudad de Bruselas el 29 de noviembre de 1969.

Organización Consultiva Marítima Intergubernamental

Mares y Oceanos; Accidentes que causen una Contaminación por Hidrocarburos

Las Partes del presente Convenio podrán tomar en alta mar las medidas necesarias para prevenir, mitigar o eliminar todo peligro grave e inminente contra su litoral o intereses conexos, debido a la contaminación o amenaza de contaminación de las aguas del mar por hidrocarburos, resultante de un accidente marítimo u otros actos relacionados con ese accidente, a los que sean razonablemente atribuibles consecuencias desastrosas de gran magnitud.

DOF: 25/05/1976

DECRETO por el que se promulga el Convenio sobre la Prevención de la Contaminación del Mar por Vertimiento de Desechos y otras Materias, firmando en las ciudades de México, Distrito Federal, Londres Moscú y Washington, el 29 de diciembre de 1972.

Gobiernos de los Estados Unidos Mexicanos, de los Estados Unidos de América, del Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte y de la Unión de Repúblicas Socialistas Soviéticas

Mares y Oceanos; Prevención de la Contaminación del Mar por Vertimiento de Desechos y otras Materias

Las Partes Contratantes promoverán individual y colectivamente el control de todas las fuentes de contaminación del medio marino, y se comprometen especialmente a adoptar todas las medidas posibles para impedir la contaminación del mar por el vertimiento de desechos y otras materias que puedan constituir un peligro para la salud humana dañar los recursos biológicos y la vida marina reducir otros usos legítimos del mar.

DOF: 16/07/1975

ACUERDO por el que se dan a conocer las Enmiendas a los anexos I, II y V del Convenio Internacional para Prevenir la Contaminación por los Buques, 1973, Enmendado (Convenio MARPOL 73/78).

Organización Marítima Internacional

Mares y Oceanos; Prevenir la Contaminación por los Buques

El presente Acuerdo tiene por objeto dar a conocer las Enmiendas a los Anexos I, II y V del Convenio Internacional para Prevenir la Contaminación por los Buques, 1973, Enmendado (CONVENIO MARPOL 73/78).

DOF: 25/11/2013

DECRETO de Promulgación del Convenio de Viena para la Protección de la Capa de Ozono, adoptado en Viena, el 22 de marzo de 1985.

Naciones Unidas

Admofera; Protección de la Capa de Ozono

Las partes tomarán las medidas apropiadas, de conformidad con las disposiciones del presente Convenio y de los protocolos en vigor en que sean parte, para proteger la salud humana y el medio ambiente contra los efectos adversos resultantes o que puedan resultar de las actividades humanas que modifiquen o puedan modificar la capa de ozono.

DOF: 22/12/1987

DECRETO de Promulgación del Convenio entre los Estados Unidos Mexicanos y los Estados unidos de América sobre Cooperación para la Protección y mejoramiento del Medio Ambiente en la Zona Fronteriza, firmado en la ciudad de La Paz, Baja California, el 14 de agosto de 1983.

Estados Unidos Mexicanos y los Estados unidos de América

Protección y mejoramiento del Medio Ambiente en la Zona Fronteriza

Los Estados Unidos Mexicanos y los Estados Unidos de América, en adelante referidos como las Partes, acuerdan cooperar en el campo de la protección ambiental en la zona fronteriza sobre la base de igualdad, reciprocidad y beneficio mutuo. Los objetivos del presente Convenio son establecer las bases para la cooperación entre las Partes en la protección, mejoramiento y conservación del medio ambiente y los problemas que lo afectan, así como acordar las medidas necesarias para prevenir y controlar la contaminación en la zona fronteriza, y proveer el marco para el desarrollo de un sistema de notificación para situaciones de emergencia. Dichos objetivos podrán ser propiciados sin perjuicio de la cooperación que las Partes pudieran acordar llevar a cabo fuera de la zona fronteriza.

DOF: 22/03/1984

Convenio entre los Estados Unidos Mexicanos y la República de Guatemala sobre la Protección y Mejoramiento del Ambiente en la Zona Fronteriza

Estados Unidos Mexicanos y la República de Guatemala

Protección y Mejoramiento del Ambiente en la Zona Fronteriza

Las Partes acuerdan cooperar entre sí en las tareas de protección y mejoramiento ambiental y en las de conservación de los recursos naturales en la zona fronteriza, sobre las bases de igualdad, reciprocidad y beneficio mutuo y de conformidad con sus respectivas leyes, reglamentos y políticas nacionales en la materia.

DOF

30/05/1988

DECRETO promulgatorio del Convenio de Basilea sobre el Control de los Movimientos Transfronterizos de los Desechos Peligrosos y su Eliminación.

Naciones Unidas

Desechos Peligrosos y su Eliminación

El objetivo del Protocolo es establecer un régimen global de responsabilidad e indemnización pronta y adecuada por daños resultantes de los movimientos transfronterizos de desechos peligrosos y otros desechos y su eliminación, incluido el tráfico ilícito de esos desechos.

DOF: 09/08/1991

DECRETO de promulgación del Convenio Internacional sobre Cooperación, Preparación y Lucha contra la Contaminación por Hidrocarburos, 1990.

Organización Marítima Internacional

Preparación y Lucha contra la Contaminación por Hidrocarburos

El objetivo del Protocolo es establecer un régimen global de responsabilidad y de coperación, Peparación y lucha contra la contaminación por hidrocarburos en los mares y oceanos.

DOF: 06/02/1995

DECRETO de Promulgación del Convenio entre los Estados Unidos Mexicanos y Belice sobre la Protección y Mejoramiento del Ambiente y Conservación de los Recursos Naturales en la Zona Fronteriza.

Belice

Protección y Mejoramiento del Ambiente en la Zona Fronteriza

Las Partes acuerdan cooperar entre sí en las tareas de protección y mejoramiento ambiental y en las de conservación de los recursos naturales en la zona fronteriza, sobre las bases de igualdad, reciprocidad y beneficio mutuo y de conformidad con sus respectivas leyes, reglamentos y políticas nacionales en la materia.

DOF:

28/03/1996

DECRETO de promulgación del Convenio sobre la Diversidad Biológica.

Naciones Unidas

Protección de la diversidad biológica.

Los objetivos del presente Convenio, que se han de perseguir de conformidad con sus disposiciones pertinentes, son la conservación de la diversidad biológica, la utilización sostenible de sus componentes y la participación justa y equitativa en los beneficios que se deriven de la utilización de los recursos genéticos, mediante, entre otras cosas, un acceso adecuado a esos recursos y una transferencia apropiada de las tecnologías pertinentes, teniendo en cuenta todos los derechos sobre esos recursos y a esas tecnologías, así como mediante una financiación apropiada.

DOF: 07/05/1993

DECRETO Promulgatorio del Convenio de Rótterdam para la Aplicación del Procedimiento de Consentimiento Previo a Ciertos Plaguicidas y Productos Químicos Peligrosos Objeto de Comercio Internacional, hecho en Rótterdam, el diez de septiembre de mil novecientos noventa y ocho.

Naciones Unidas

Productos quimicos

El objetivo del presente Convenio es promover la responsabilidad compartida y los esfuerzos conjuntos de las Partes en la esfera del comercio internacional de ciertos productos químicos peligrosos a fin de proteger la salud humana y el medio ambiente frente a posibles daños y contribuir a su utilización ambientalmente racional, facilitando el intercambio de información acerca de sus características, estableciendo un proceso nacional de adopción de decisiones sobre su importación y exportación y difundiendo esas decisiones a las Partes.

DOF: 02/08/2005

DECRETO Promulgatorio del Convenio de Estocolmo sobre Contaminantes Orgánicos Persistentes, adoptado en Estocolmo, el veintidós de mayo de dos mil uno.

Naciones Unidas

Contaminantes Orgánicos

Teniendo presente el principio de precaución consagrado en el principio 15 de la Declaración de Río sobre el Medio Ambiente y el Desarrollo, el objetivo del presente Convenio es proteger la salud humana y el medio ambiente frente a los contaminantes orgánicos persistentes.

DOF: 17/05/2004

DECRETO Promulgatorio del Convenio Internacional para el Control y la Gestión del Agua de Lastre y los Sedimentos de los Buques, adoptado en Londres, el trece de febrero de dos mil cuatro, en el marco de la Organización Marítima Internacional (OMI).

Organización Marítima Internacional

Agua de Lastre y los Sedimentos de los Buques

Los Estados tomarán todas las medidas necesarias para prevenir, reducir y controlar la contaminación del medio marino causada por la utilización de tecnologías bajo su jurisdicción o control, o la introducción intencional o accidental en un sector determinado del medio marino de especies extrañas o nuevas que puedan causar en él cambios considerables y perjudiciales

DOF: 08/09/2017

DECRETO de Promulgación del Protocolo de Montreal relativo a las sustancias agotadoras de la capa de ozono.

Naciones Unidas

Protección de la capa de ozono

Proteger la capa de ozono mediante la adopción de medidas preventivas para controlar equitativamente las emisiones mundiales totales que la agotan, con el objetivo final de eliminarlas con base en los adelantos registrados en la esfera de los conocimientos científicos y teniendo en cuenta consideraciones de índole económica y técnica

DOF: 12/02/1990

DECRETO Promulgatorio de la Enmienda del Protocolo de Montreal relativo a las Sustancias que Agotan la Capa de Ozono, aprobada en Kigali, el quince de octubre de dos mil dieciséis.

Naciones Unidas

Protección de la capa de ozono

Proteger la capa de ozono mediante la adopción de medidas preventivas para controlar equitativamente las emisiones mundiales

DOF: 30/11/2018

DECRETO Promulgatorio del Protocolo de Cartagena sobre Seguridad de la Biotecnología del Convenio sobre la Diversidad Biológica, adoptado en Montreal, el veintinueve de enero de dos mil.

Naciones unidas

Proteccion de la diversidad biológica

De conformidad con el enfoque de precaución que figura en el Principio 15 de la Declaración de Río sobre el Medio Ambiente y el Desarrollo, el objetivo del presente Protocolo es contribuir a garantizar un nivel adecuado de protección en la esfera de la transferencia, manipulación y utilización seguras de los organismos vivos modificados resultantes de la biotecnología moderna que puedan tener efectos adversos para la conservación y la utilización sostenible de la diversidad biológica, teniendo también en cuenta los riesgos para la salud humana, y centrándose concretamente en los movimientos transfronterizos.

DOF

28/10/2003

DECRETO de promulgación del Acuerdo de Cooperación en materia de Medio Ambiente entre el Gobierno de los Estados Unidos Mexicanos y la República Federativa del Brasil.

República Federativa del Brasil

Cooperación en materia de Medio Ambiente

Las Partes mantendrán y ampliarán la cooperación bilateral en el campo de los asuntos ambientales sobre la base de la igualdad y el beneficio mutuo, respetando y tomando en cuenta sus respectivas políticas ambientales.

DOF: 01/08/1995

Convención Interamericana para la Protección y Conservación de las Tortugas Marinas

Belice, Brasil, Costa Rica, Ecuador, Estados Unidos, Guatemala, Honduras, México, Países Bajos, Panamá, Perú, Uruguay y Venezuela

Protección y Conservación de las Tortugas Marinas

El objetivo de esta Convención es promover la protección, conservación y

recuperación de las poblaciones de tortugas marinas y de los hábitats de los

cuales dependen, basándose en los datos científicos más fidedignos

disponibles y considerando las características ambientales, socioeconómicas y

culturales de las Partes.

DOF:

29/11/2000

Fuentes: Senado de la Republica (México) y DOF (Diario Oficial de la Federación)

Senado: https://www.senado.gob.mx/64/gaceta_del_senado/documento/95687#:~:text=Convenio%20Internacional%20sobre%20Cooperaci%C3%B3n%2C%20Preparaci%C3%B3n,Convenio%20Sobre%20la%20Diversidad%20Biol%C3%B3gica.

DOF: https://www.dof.gob.mx/


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